M, A. M. c/ OSPSIP s/LEYES ESPECIALES (diabetes, cáncer,fertilidad
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó los honorarios regulados en la sentencia definitiva en un proceso por derechos relacionados con leyes especiales, considerando la labor profesional, la complejidad y los resultados favorables, ajustándose a la ley 27.423 y las resoluciones vigentes.
- Quién demanda: No especificado en la sentencia, es un expediente en trámite.
¿A quién se demanda?
La parte requerida en autos, en relación a honorarios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de los honorarios regulados en la sentencia definitiva, considerados elevados por la parte apelante.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados en la sentencia, considerando que los mismos se ajustan a derecho, teniendo en cuenta la labor profesional, la complejidad del caso y los parámetros legales aplicables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara evaluó la labor profesional del letrado, la extensión y el resultado favorable del proceso, además de la importancia y complejidad del juicio, y concluyó que los honorarios se ajustan a los arts. 15, 16, 19, 48, 51 y ccdtes. de la ley 27.423. Se aclaró que la sentencia de primera instancia utilizó la Resol. SGA 2910/2024, que elevó el valor del UMA a $61.995 retroactivo al 01/09/2024, lo cual fue tomado en cuenta para la regulación de honorarios. La Cámara entendió que no existían fundamentos para modificar los honorarios y, por ende, confirmó la regulación en esa suma.
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