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MORANA, AMALIA MARTA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia en un amparo por beneficios previsionales, confirmando en lo demás y declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, además de ordenar que se apliquen intereses según la tasa pasiva del Banco Central.

Amparo previsional Ley 27.609 Inconstitucionalidad Intereses Bonos extraordinarios Honorarios Costas Plazo de cumplimiento Tasa pasiva Anses.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Amalia Marta Morana, demanda a la ANSES un amparo para obtener un beneficio previsional.
- La Cámara analiza los agravios de la demandada respecto a vías procesales, bonos de movilidad, intereses, honorarios, plazos y costas.
- La Cámara confirma la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, en línea con fallos previos, y declara inaplicable dicha norma en el caso.
- Se remite a fundamentos en autos anteriores sobre bonos extraordinarios y tasa de interés, aplicando la tasa pasiva del Banco Central.
- Se regulan honorarios en 26 U.M.A., ajustados a la labor profesional y trascendencia del caso, y se imponen costas a la parte vencida.
- Se establece que el plazo de 120 días hábiles para el cumplimiento no resulta aplicable en acciones de amparo previsional.
- La sentencia revoca la orden de recomponer el haber desde 10/2022 y la ayuda económica previsional, y confirma el resto de la resolución del juez de grado.
- Se ordena que las sumas adeudadas devengan intereses según la tasa pasiva del Banco Central.
- Se imponen costas a la vencida.
- La resolución fue suscripta electrónicamente, con vacancia del tercer integrante del tribunal.

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