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M.,M.J. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia que favoreció a la actora en su reclamo de pensión por fallecimiento, rechazando los agravios de la demandada y considerando que la separación de hecho por violencia no excluye automáticamente el derecho, en línea con la normativa vigente tras la sanción del Código Civil y Comercial.

Pension por fallecimiento Separacion de hecho Legislacion previsional Codigo civil y comercial Derechos humanos Violencia familiar Derechos previsionales Anses Beneficios previsionales Costas en recursos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, M. J. M., demandó a la ANSES por el reconocimiento de una pensión por fallecimiento de su esposo, Antonio Jesús Meles, ocurrido en 2016.
- La demandada argumentó que la separación de hecho y la falta de alimentos impiden el derecho a la pensión.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, basándose en que la separación por violencia no excluye la protección previsional tras la modificación normativa y que la convivencia no es requisito excluyente tras el nuevo Código Civil y Comercial.
- La Cámara confirmó la sentencia, destacando que la normativa vigente, en particular la Ley 26.994, flexibilizó los requisitos de convivencia y que la denuncia por maltrato acredita la separación, pero no afecta el derecho previsional.
- Se rechazaron los agravios en cuanto a costas, confirmando la decisión de grado.

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