TORRES DELIA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de grado, diferirá el análisis de ciertos agravios para la etapa de ejecución y confirma lo resuelto en lo demás, ordenando devolver las actuaciones al juzgado de origen. La decisión se basa en la revisión de la constitucionalidad de los artículos de leyes previsionales y la aplicación de doctrina jurisprudencial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representando a Torres Delia Noemi, reclama la actualización de su prestación previsional, específicamente en relación con la Prestación Básica Universal, y cuestiona la constitucionalidad de varios artículos de leyes previsionales y de los topes aplicados en la liquidación del haber. La Cámara analiza los agravios respecto a la fecha de adquisición del beneficio, la constitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, y la aplicación de la doctrina del precedente “Villanustre”. El tribunal considera que no surge que la Corte Suprema hubiera limitado la actualización de la PBU a una fecha específica y que la pretensión de evitar la confiscatoriedad se sustenta en precedentes jurisprudenciales. Respecto a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463, se declara su inconstitucionalidad si en la liquidación se acredita que la quita supera el 15%, en línea con doctrina de la CSJN. Difiere el análisis de la constitucionalidad del art. 26 de la ley 24.241 y del precedente “Villanustre” para la etapa de ejecución, permitiendo así una valoración más rigurosa en ese momento procesal. El tribunal también confirma la imposición de costas y la condena en costas a la demandada, y rechaza otros agravios por no condicionar con lo decidido en grado. La sentencia refleja un análisis profundo de la jurisprudencia y doctrinas constitucionales aplicables, con énfasis en evitar efectos confiscatorios en las prestaciones previsionales.
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