FUNES, MARIA AGLAE c/ ARANDA, EMILIO RAMON Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La sentencia de primera instancia condenó a los demandados y a la aseguradora a pagar la suma de 40.500.000 pesos por daños y perjuicios, con intereses desde el hecho, y abordó la responsabilidad objetiva del dueño del vehículo en un accidente con peatón, rechazando la defensa de la aseguradora basada en la exclusión de cobertura por conductor no autorizado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Aglae Funes, demandó a Emilio Ramón Aranda y a “Alra S.A.” por daños ocasionados en un accidente ocurrido el 21/4/2017, en el que fue embestida por un vehículo VW Saveiro, resultando con lesiones y secuelas físicas y psicológicas. La justicia acreditó la responsabilidad del conductor y la condición de titular del vehículo y la póliza de seguro por parte de “Alra S.A.”, y condenó a ambos a indemnizar a la víctima con 40.500.000 pesos. La sentencia fundamentó que la responsabilidad en accidentes con peatones por vehículos es objetiva, y que las cláusulas de exclusión de la póliza no son oponibles frente a terceros inocentes. Se rechazó la defensa basada en la exclusión por conductor no autorizado, en línea con la normativa de orden público y la jurisprudencia que prioriza la protección del damnificado. La sentencia también consideró la responsabilidad del asegurador en el pago, pese a la existencia de un seguro de “registro” y la falta de prueba de la exclusión en favor del asegurador, y ajustó la indemnización por incapacidad y daño moral, aplicando actualización de valores y tasas de interés en línea con la jurisprudencia del Máximo Tribunal.
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