DI CARLI DAMIAN ERNESTO C/ AUTOSEGURO DE LA PCIA DE BS AS S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia reconoce el derecho del letrado a la regulación de honorarios por su actuación en expedientes administrativos ante Comisión Médica y condena a la demandada a pagar dicha suma, con costas y regulación de honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Dr. Damian Ernesto Di Carli promovió demanda contra la Provincia de Buenos Aires Autoasegurada para que se le regulen honorarios en virtud de su actuación en expedientes administrativos ante Comisión Médica, donde asesoró y patrocinó a cuatro trabajadores afectados por accidentes laborales y cuyos acuerdos alcanzados fueron homologados. La actora fundamenta su reclamo en que su intervención fue extrajudicial, pero responsable, en expedientes de carácter administrativo que culminaron en acuerdos homologados y que, sin embargo, no han sido abonados en concepto de honorarios. La provincia de Buenos Aires sostiene que la actuación fue en ámbito administrativo, no judicial, y que los honorarios deben regularse conforme a la ley 14.967, en su inciso b), que regula la actuación ante órganos administrativos, y no en base a la ley 27.348. El tribunal concluye que la actuación del letrado fue en expedientes administrativos, con resultado favorable y homologaciones, por lo que regula sus honorarios en base a lo dispuesto en la ley 14.967, considerando la complejidad y los montos involucrados, y condena a la demandada a pagar la suma de $3.814.777,63 más IVA, con costas. La sentencia confirma la procedencia del reclamo y regula los honorarios en favor del profesional.
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