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ALVAREZ, NELSON JESUS C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La homologación de acuerdo entre partes en proceso laboral fue dictada por el Tribunal del Trabajo N°1 de Florencio Varela. La sentencia homologó el acuerdo, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios, y ordenó pago de tasas y apertura de cuenta judicial.

Homologacion de acuerdo Proceso laboral Acuerdo entre partes Cumplimiento de convenio Costas procesales Honorarios profesionales Tasa de justicia Apertura de cuenta judicial Regulacion de honorarios Proceso de revision.


- Quién demanda: Nelson Jesús Alvarez.

¿A quién se demanda?

La Segunda ART Sociedad Anónima.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo alcanzado en proceso de revisión de sentencia.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo presentado, considerando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses, conforme al art. 15 de la L.C.T. La mora en el cumplimiento importará la caducidad de plazos y la totalidad de los montos será ejecutable. La solicitud de eximición de pago de la Tasa de Justicia fue denegada por no estar debidamente fundada. Además, se regularizaron honorarios profesionales y se ordenó el pago de tasas y apertura de cuenta judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Visto que el acuerdo alcanzado por las partes en ACUERDO
- SE PRESENTA y ratificado en AUDIENCIA DE CONCILIACION
- ACTA, se encuentra respaldado por la documentación acompañada y no vulnera principios de orden público, constituyendo en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes, de conformidad con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, resulta procedente la homologación solicitada". "El modo en que se ha votado la cuestión que antecede, corresponde emitir pronunciamiento homologatorio del acuerdo presentado, haciendo constar que la mora en el cumplimiento importará la caducidad de los plazos y que la totalidad de los montos será ejecutable". "Se ordena también la regularización de honorarios, la acreditación del pago del anticipo previsional, y se regula el pago de tasas y la apertura de cuenta judicial, en atención a la importancia del asunto y etapas procesales cumplidas". Disidencias: No se registran votos disidentes.

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