ALMIRON FLORENCIA YAMILA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La demanda por accidente de trabajo presentada por la actora fue rechazada, confirmando la sentencia de primera instancia que dispuso el rechazo por no acreditarse los hechos y requisitos para la reparación. La Cámara sostuvo que la prueba médica y administrativa no comprobó secuelas incapacitantes ni daños que fundamenten la pretensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, FLORENCIA YAMILA ALMIRON, denunció haber sufrido un accidente laboral el 06/07/2021 mientras realizaba tareas en Radioestación Pergamino, en el marco de su relación laboral con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. La aseguradora brindó prestaciones y emitió un alta sin incapacidad, y la Comisión Médica N° 143 dictaminó con fecha 29/05/2023 que la lesión no generaba secuelas incapacitantes. La demandada, representada por el Dr. Alejandro M. Actis, reconoció el vínculo laboral y la contingencia, pero negó la existencia de daños y planteó la improcedencia de la demanda. La prueba médica pericial concluyó que la actora sufrió un esguince de tobillo derecho, con incapacidad transitoria, sin secuelas objetivas ni limitaciones permanentes. La jueza consideró que no se acreditó la existencia de daños que justifiquen la reparación solicitada, y que la evidencia aportada no cumplió los requisitos para configurar los hechos constitutivos del derecho. En consecuencia, rechazó la demanda en su totalidad, con costas a la actora, y declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad y la falta de legitimación pasiva.
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