TABO CARLA GISELA C/ CLINICA PRIVADA RANELAGH S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La sentencia declara procedente la demanda de cobro de aportes retenidos y multa por incumplimiento del empleador, condenando a la demandada a abonar la monto liquidado, además de ordenar la apertura de una cuenta judicial y la regulación de honorarios. La sentencia también rechaza la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23928.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Carla Gisela Tabo, demandó a la Clínica Privada Ranelagh SA por la omisión del depósito de aportes previsionales, obra social y cuotas sindicales retenidas durante su relación laboral, que finalizó en julio de 2020. La demanda se fundamenta en el art. 132 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, alegando incumplimiento por parte de la empleadora y solicitando la condena al pago de la multa prevista y las sumas adeudadas. La demandada contestó la demanda, negó los hechos y alegó que no integró su reconvención con la multa, además de desconocer las liquidaciones. La prueba pericial contable confirmó que la actora no recibió las sumas retenidas ni se acreditó su ingreso a los organismos correspondientes, por lo que el Tribunal concluyó que la demandada incumplió con sus obligaciones, imponiendo la multa y condenando al pago. La sentencia también rechazó la inconstitucionalidad alegada respecto al art. 7 de la Ley 23928, declarando que la norma resulta aplicable y que la sanción debe calcularse por la Secretaría, con intereses del 6% anual. Finalmente, ordenó la apertura de una cuenta judicial y la regulación de honorarios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: