TULEZ YANINA BELEN C/ GOVONI LUCAS DAMIAN S/ DESPIDO
La sentencia declara la procedencia de la demanda por despido, reconociendo la existencia de la relación laboral, su clandestinidad, y condenando al empleador al pago de una suma elevada por indemnizaciones y otros conceptos laborales, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Yanina Tulez, demanda por despido y conceptos laborales contra Lucas Govoni, alegando que trabajó en su panadería sin registración desde agosto de 2021 hasta abril de 2023, realizando tareas de cajera y atención al público. La relación fue negada por el empleador, pero la rebeldía y las pruebas documentales, como actas de inspección y registros oficiales, fundamentan la existencia del vínculo. La sentencia reconoce que la relación fue clandestina y que el despido fue indirecto por incumplimientos laborales y la negativa a registrar y pagar los salarios. El tribunal considera probado que Tulez cumplió tareas en el establecimiento, con jornada y remuneración inferiores a la prevista en el convenio colectivo, y que la relación fue mantenida en la clandestinidad. Sobre los conceptos indemnizatorios, se hace lugar a todos los rubros reclamados, ajustando los importes en función del salario correcto y aplicando la actualización del capital por el índice RIPTE, que se declara constitucional en esta causa, en contraposición a la prohibición del art. 7 de la ley 23.928. La sentencia también ordena la entrega de documentación y el pago de sumas millonarias por daños y perjuicios, además de costas y honorarios. La decisión se fundamenta en que la relación fue clandestina, que la ley de indexación resulta inconstitucional por afectar el equilibrio de las prestaciones laborales, y en la necesidad de actualizar los créditos laborales en condiciones de inflación.
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