LEYES OMAR ISIDRO C/ PODER EJECUTIVO S/ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia de primera instancia condena al Estado provincial a pagar una indemnización por accidente in itinere, ajustada por inflación, en línea con la normativa y jurisprudencia vigente, estableciendo además intereses y costas en favor del actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Omar Isidro Leyes contra la Provincia de Buenos Aires, reclamando una indemnización por un accidente ocurrido en el trayecto al trabajo en motocicleta, que le provocó traumatismo en la muñeca derecha, con secuelas físicas y psíquicas. La parte actora sostuvo que la suma liquidada por la aseguradora fue insuficiente y que las secuelas justificaban un mayor grado de incapacidad. La demandada reconoció la ocurrencia del accidente, la atención recibida y la incapacidad del 1,66%, además de pagar la suma de $13.029,40, aunque el actor niega haberla recibido. El tribunal analizó la prueba médica, excluyendo la incapacidad psíquica por no constatarse secuelas, y valoró la pericia que determinó una incapacidad del 7,5%. Se aplicó la normativa vigente, en particular la Ley 24.557 y la Ley 26.773, ajustando el valor del ingreso base mensual por el índice RIPTE, en línea con los fallos jurisprudenciales que exigen la actualización de los créditos laborales a valores actuales. El tribunal resolvió que la indemnización debe calcularse en la suma de $10.018.567,41, mediante la fórmula que incluye el ingreso actualizado, el porcentaje de incapacidad y un coeficiente por edad. Además, ordenó el pago con intereses del 4% anual desde la fecha de exigibilidad. La condena incluye costas a cargo de la parte demandada. La sentencia se fundamenta en la protección constitucional del derecho a una reparación efectiva, la necesidad de evitar la depreciación de los créditos laborales y la jurisprudencia que autoriza la actualización de las sumas indemnizatorias a valores presentes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: