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MONDAINI GABRIEL LEONARDO C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

La homologación del acuerdo conciliatorio en reclamo por incapacidad laboral y la decisión del tribunal de homologarlo, confirmando la validez del convenio y las condiciones acordadas, en un expediente de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional.

Recurso de apelacion Homologacion de acuerdo Accion de revision Incapacidad laboral Acuerdo conciliatorio Comision medica jurisdiccional Ley 15.057 Homologacion Derecho laboral Argentina.

Quién demanda: Gabriel Leonardo Mondaini, en carácter de trabajador reclamante.

¿A quién se demanda?

Prevención ART S.A., en su carácter de empleadora y aseguradora.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio por suma de 18 millones de pesos, en el marco de acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional, referido a incapacidad laboral.

¿Qué se resolvió?

El tribunal homologó en todas sus partes el acuerdo conciliatorio, considerando que fue celebrado libremente, cumple con los requisitos legales y no implica renuncias a derechos del trabajador. La decisión se fundamenta en que el acuerdo involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas, y no afecta disposiciones de orden público. Fundamentos principales de la decisión: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 25/8/25, por la suma de $18.000.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas (art.15 de la LCT; 1641 y sigs. del Cód. Civil y Comercial; Leyes 24.557 y 26.773, modificatorias y decretos reglamentarios)." "Conforme a lo dispuesto en el acuerdo y en base a los fundamentos jurídicos expuestos, el tribunal decide homologar el acuerdo conciliatorio en todos sus términos, confirmando la validez del mismo y ordenando su cumplimiento." "Las partes han ratificado que no existen vicios en el acuerdo y que la suma acordada resulta ajustada a derecho, sin que exista afectación del orden público ni derechos irrenunciables del trabajador."

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