TRELLINI CARLOS ADRIAN C/ EXPERTA ART S.A S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La homologación del acuerdo conciliatorio por parte del tribunal, en un reclamo por enfermedad laboral, fue aprobada a pesar de las objeciones del juez disidente, considerando que el acuerdo cumple con los requisitos legales y no afecta derechos irrenunciables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Adrian Trellini, demandó a la aseguradora de riesgos del trabajo, Experta ART S.A., por enfermedad laboral. El acuerdo conciliatorio, fechado el 27/6/2025, por la suma de $7.000.000, fue celebrado libremente y cumple con los recaudos legales, por lo que se propone homologarlo. La jueza Sánchez Sierra afirmó que el acuerdo "cumple con los requisitos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público". La jueza Sosa adhirió a este voto. El juez Arechabala, en disidencia, cuestionó la insuficiencia de la descripción del hecho lesivo, las secuelas y los ingresos base, señalando que la información presentada no permite evaluar si el acuerdo viola derechos irrenunciables o afecta el orden público laboral. Consideró que la falta de elementos probatorios suficientes impide determinar si la conciliación es justa y adecuada, por lo que propuso rechazar la homologación. Finalmente, el tribunal en pleno resolvió homologar el acuerdo conciliatorio, con costas a cargo de la demandada, y reguló honorarios y obligaciones de pago relacionadas. Fundamentos principales: "El acuerdo conciliatorio de fecha 27/6/2025, por la suma de $7.000.000, fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta disposiciones vigentes de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación..." "En virtud de las razones expuestas, al no contar con elementos para evaluar la justa composición de derechos e intereses entiendo que corresponde rechazar la solicitud de homologación del convenio presentado..." (disidencia del juez Arechabala)
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