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DIAZ CAMILA C/ GRAL SANEAMIENTO S.A. S/ DESPIDO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral por despido con condena en costas y regulación de honorarios

Quién demanda: Camila Diaz.

¿A quién se demanda?

General Saneamiento S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio por suma de $6.900.000, pago de costas, honorarios, y acreditación de pago de tasa de justicia.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, considerando que cumple con los requisitos legales y que no implica renuncias a derechos y no afecta disposiciones de orden público. Además, se ordenó el pago de costas a cargo de la demandada, regulación de honorarios y acreditación del pago de tasas y contribuciones. Fundamentos principales de la decisión: "Atento que el acuerdo conciliatorio de fecha 26/08/2025 (por la suma de $6.900.000) fue celebrado libremente por las partes y cumple con los recaudos legalmente exigidos para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes, toda vez que no implica renuncias a derechos reconocidos en autos al trabajador, ni afecta vigentes disposiciones de orden público, soy de opinión favorable a homologar en todas sus partes la conciliación a que se arriba, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y las costas ocasionadas (art.15 de la LCT; 1641 y sigs. del Cód. Civil y Comercial; 24, 30 y 89 ley 15.057; 73, 160, 162, 309, del C.P.C.C)." "Con lo que terminó el acuerdo, firmando los Sres. Jueces." "Por los fundamentos y citas legales vertidos en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: I) Homologar el acuerdo conciliatorio a que arribaron las partes (art.15 de la LCT; 1641 y sigs. del Cód. Civil y Comercial; 24, 30 y 89 ley 15.057; 73, 160, 162, 309, del C.P.C.C). II) Con costas a cargo de la demandada (art. 24 ley 15.057). III) En consecuencia, regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes, debiendo adicionarse a la totalidad de los emolumentos el diez por ciento legal, y se intimó a la demandada a acreditar en autos el pago de la Tasa de Justicia y su contribución, bajo apercibimiento de ejecución." "Asimismo, la accionada deberá acreditar oportunamente en autos los pagos efectuados en la forma directa." "Los honorarios regulados deberán abonarse en la cuenta bancaria de los profesionales, acreditando los datos requer

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