GOMEZ ANALIA FLORENCIA C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús decretó la caducidad de la instancia en un expediente por recurso contra decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional, debido a la inactividad procesal de la parte actora. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de la parte en producir actividad útil tras la intimación y el apercibimiento de caducidad, conforme a la ley 11.653.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, GOMEZ ANALIA FLORENCIA, interpuso un recurso contra la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional contra OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. La causa fue sometida a consideración del Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús, que tras la desinsaculación y la votación unánime, resolvió decretar la caducidad de la instancia por inactividad procesal de la parte actora. La resolución se basa en el incumplimiento de la parte de producir actividad procesal útil en el plazo establecido, pese a estar debidamente notificada, y en el apercibimiento previo conforme al artículo 12, segundo párrafo, de la ley 11.653. Los jueces coincidieron en que la inactividad procesal justifica el decreto de caducidad, imponiendo las costas a la parte actora. La decisión refleja también la aplicación correcta de las disposiciones legales en materia de caducidad y costas, y se dejó pendiente la regulación de honorarios hasta el cumplimiento de requisitos legales adicionales.
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