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USET SEBASTIAN ARIEL C/ AUTOMOTORES SAN JUAN S.A. Y OTROS S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes en un proceso por despido, estableciendo el pago de 5 millones de pesos en cinco cuotas, eximiendo de costas a los demandados y regulando honorarios y condiciones de pago, con efectos de cosa juzgada y protección de derechos laborales.

Conciliacion laboral Homologacion acuerdo Despido Pago en cuotas Costas Honorarios profesionales Cuentas bancarias Efectos de cosa juzgada Proceso laboral Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Sebastián Ariel Uset, demanda por despido y llega a un acuerdo con los demandados Automotores San Juan S.A., Rodrigo Mujica, Mujica S.R.L. y La Vature S.R.L., representados por sus letrados, en la suma de cinco millones de pesos ($5.000.000). El tribunal considera que la conciliación es justa, no enerva las disposiciones laborales de orden público, y por ello decide homologar el acuerdo para que tenga efectos de cosa juzgada (art. 30 de la ley 15.057). El juez Ginocchio expresó que "la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". La homologación se realiza con costas a cargo de los demandados, eximiéndolos del pago de tasas en caso de incumplimiento, y se regula el pago en cuotas, estableciendo la forma y los plazos, así como la apertura de cuentas bancarias para el cumplimiento del pago. Además, se regulan honorarios profesionales y honorarios de peritos, en atención a la naturaleza del acuerdo y la complejidad del proceso. El acuerdo incluye instrucciones específicas para garantizar el pago, como la denuncia y acreditación de cuentas bancarias, y establece que la parte actora deberá depositar el capital en su cuenta sueldo o en otra cuenta de su titularidad. Se regula también la forma en que los honorarios profesionales y de la perito deben ser abonados, con advertencias sobre el cumplimiento y las consecuencias del incumplimiento.

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