ASOCIACION PARA LA CONSERVACION DEL PARQUE, DUHALDE ALICIA CRISTINA S/ AMPARO (RECURSO DE) C/ESCUELA DE DEPORTES VILLA DIAZ VELEZ , MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirma la nulidad de actos municipales por omisión de participación ciudadana en evaluación ambiental, manteniendo la decisión de primera instancia. El tribunal ratifica la invalidez de la ordenanza y la suspensión de obras, respaldando la protección de derechos colectivos ambientales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a la Asociación para la Conservación del Parque y Alicia Cristina Duhalde demandando a la Municipalidad de Necochea y a la Escuela de Deportes Villa Díaz Vélez por la autorización de cesión de un predio municipal para actividades deportivas sin realizar un procedimiento de evaluación de impacto ambiental con participación ciudadana previa, lo cual fue declarado ilegal y nulificado por el juez de grado. La sentencia fundamentó que la omisión de la audiencia pública constituye un vicio sustancial que afecta derechos colectivos, en especial el derecho a un ambiente sano, y que la participación ciudadana debe ser previa y no subsanable en sede judicial. La Cámara confirma la decisión, rechazando los recursos de apelación interpuestos por las demandadas, y sostiene que la garantía de participación es un requisito esencial para la validez del procedimiento ambiental en protección del bien jurídico colectivo. Se hace énfasis en que la omisión de participación afecta la legalidad del acto administrativo, y que su subsanación ex post no es viable, reafirmando la necesidad de cumplir con los requisitos procedimentales previos.
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