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CARABAJAL MIRTA DEL VALLE C/ FIORIOLLI ROMANO GEDEON ANGEL S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El actor solicitó la homologación de un convenio conciliatorio alcanzado con el demandado. El Tribunal del Trabajo Nº 4 homologó el acuerdo, considerando que no vulnera principios de orden público y resalta la importancia de los derechos de las partes.

Incidente Homologacion Convenio conciliatorio Tasa de justicia Costas Honorarios Orden publico Derechos de las partes Tribunal del trabajo Lomas de zamora

Actor: CARABAJAL MIRTA DEL VALLE Demandado: ROMANO GEDEON ANGEL FIORIOLLI Objeto: Homologación de convenio conciliatorio Decisión: Se homologó el acuerdo conciliatorio y se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional." "Homológuese el acuerdo conciliatorio en los términos expresados por las partes." "A la eximición de pago de tasa de justicia, no ha lugar." "Intímese a la demandada para que junto con el primer pago que realice integre el sellado correspondiente a la TASA DE JUSTICIA que la señora Actuaria liquida en la suma de PESOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CON 0/100 $96.800."

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