AGUILERA JONATHAN EZEQUIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD - PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirma la sentencia de primera instancia que anuló la resolución sancionatoria y condenó al pago de haberes, considerando que la potestad sancionatoria del Estado se encontraba prescripta al momento del acto y que la devolución de haberes procede por nulidad del acto administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jonathan Aguilera, demandó la nulidad de la resolución n° 3148-2023 del Auditor de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad, que sancionó al demandado por hechos que prescribieron, y reclamó la devolución de los haberes retenidos durante la suspensión. El juez de primera instancia anuló la resolución por prescripción de la potestad sancionatoria, considerando que el acto se dictó fuera del plazo legal de prescripción de dos años, atendiendo a los hechos interruptivos y suspensiones del período. Además, condenó al pago de haberes dejados de percibir, fundamentando que la nulidad del acto sancionatorio implica la procedencia del reclamo patrimonial. La Cámara confirma la decisión, señalando que la potestad sancionatoria se encontraba extinguida al momento del acto, y que no se acreditaron circunstancias que interrumpieran la prescripción en los términos del art. 185 del decreto n° 1050/09. La Cámara también sostiene que la jurisprudencia de la Suprema Corte provincial admite la devolución de haberes en casos de prescripción de la potestad sancionatoria, y que la suspensión de plazos por decreto en pandemia no afectó la continuidad del plazo prescriptivo. Los agravios del Ministerio carecen de sustento, ya que no se acreditó la existencia de actos interruptivos o suspensivos válidos y la fundamentación del fallo en la instancia de grado es adecuada y razonada. Se rechaza el recurso de apelación, confirmando la sentencia en todos sus términos.
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