ALITTO CAROLINA ESTEFANIA C/ EMPRENDIMIENTOS TITIKI S.A Y OTRO/A S/ DESPIDO
La sentencia declara la existencia de la relación laboral entre la actora y la empleadora, y la justificación del despido con causa, condenando a esta última al pago de una suma millonaria por indemnizaciones y otros rubros, además de declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Carolina Estefania Alitto demandó por despido y condiciones laborales, alegando que fue contratada en junio 2021, con salario no registrado, y sufrió hostigamiento y trato hostil, siendo despedida en septiembre 2022 tras negarse a ingresar a su puesto. La empleadora negó la relación laboral y alegó prescripción. La prueba testimonial acreditó que la actora laboró en relación de dependencia en el corralón, atendiendo público y haciendo cobranzas, con emisión de facturas a nombre de la empresa. La prueba documental fue negada por los demandados y no fue corroborada. La autoridad judicial consideró que la negativa de la empleadora a reconocer la vínculo laboral fue injuriosa, justificando la extinción del contrato por causa, conforme a doctrina legal y jurisprudencial. Se estableció que la relación laboral inició en junio 2021 y finalizó en septiembre 2022, con un pago indemnizatorio total de aproximadamente 8,8 millones de pesos, actualizado a la fecha de la sentencia. Además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, por afectar derechos constitucionales relacionados con la actualización de los créditos laborales. La sentencia ordena la entrega de certificados laborales y de aportes, y condena en costas a la empleadora vencida. Los honorarios profesionales se regulan conforme a la ley 14.967 y se establecen montos específicos para cada profesional interviniente. La sentencia fue confirmada en la resolución de la apelación, manteniendo íntegros los fundamentos y las decisiones de primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: