Logo

RINDIEZ SERGIO GABRIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

El tribunal resolvió acoger la excepción de incompetencia parcial respecto de la patología de hipoacusia y limitar su jurisdicción al conocimiento de las patologías denunciadas desde 2020. La decisión se fundamenta en que el actor no cumplió con los trámites administrativos respecto a la hipoacusia, por lo que la competencia se circunscribe a las afecciones reconocidas y en las que se cumplió con la normativa y los procedimientos administrativos. La resolución se basa en el artículo 36 de la ley 15.057 y la jurisprudencia vinculada, considerando que la falta de cumplimiento de los trámites administrativos justifica la incompetencia respecto de dicha patología específica, mientras que mantiene la competencia para las demás afecciones que sí cuentan con la documentación y trámite correspondiente.

Recurso incidente Incompetencia parcial Enfermedades profesionales Tramite administrativo Ley 15.057 Jurisdiccion laboral Competencia Patologia no tramitada Salud laboral Jurisprudencia Argentina.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Sergio Gabriel Rindiez, demanda a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. reclamando por diversas enfermedades profesionales relacionadas con su actividad laboral. La demandada interpone una excepción de incompetencia parcial argumentando que, respecto a la patología de hipoacusia bilateral perceptiva, no se cumplió con el trámite administrativo correspondiente, ya que no consta ingreso en expediente administrativo ni resolución sobre dicha enfermedad. El tribunal señala que, si bien las patologías relacionadas con epicondilitis, cervicobraquialgia, síndrome del túnel carpiano, hernia discal, varices, higroma, gonalgia, pterigion y daño psicológico, fueron debidamente informadas y gestionadas ante la Comisión Médica, la hipoacusia no fue objeto de trámite administrativo alguno. Por ello, entiende que la competencia jurisdiccional se debe limitar a las patologías que sí cumplen con los requisitos administrativos, rechazando la pretensión respecto de la hipoacusia. La sentencia fundamenta que, según el artículo 36 de la ley 15.057 y la jurisprudencia, la competencia se determina por el cumplimiento de los requisitos procesales y administrativos previos, en especial, en materia de enfermedades profesionales. La resolución concluye que procede hacer lugar a la excepción de incompetencia parcial respecto de la patología de hipoacusia, y en consecuencia, la jurisdicción solo se ejercerá respecto de las patologías previamente reconocidas y tramitadas, con costas a la parte actora y el beneficio de gratuidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar