LAFUENTE GABRIEL MAXIMILIANO C/ PREVENCION ART SA S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y que representa una justa composición de derechos. La decisión incluye la homologación del acuerdo, cobro de tasas y honorarios, y diversas instrucciones a las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Gabriel Maximiliano Lafuente, demanda a Prevención ART S.A. por una condición de enfermedad profesional, y las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio. El tribunal consideró que la conciliación arribada no vulnera principios de orden público y que la homologación resulta procedente, en línea con los artículos 30 de la Ley 15.057 y 15 de la Ley 20.744. La resolución homologó el acuerdo, ordenó la intimación a la demandada para el pago del sellado de la TASA DE JUSTICIA, y dispuso el pago de honorarios profesionales, incluyendo sus aportes, con una suma total de $800.000 para los abogados de la parte actora. También se establecieron diversas medidas respecto de la transferencia de fondos a la ART, el depósito judicial y la comunicación de desvinculación de peritos médicos, contadores y psicólogos. Se notificó a las partes, profesionales y organismos pertinentes. La decisión se fundamenta en que la conciliación es justa y que no vulnera principios de orden público, además de que la homologación del acuerdo es conforme a derecho.
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