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RODOLICO MELISA ROMINA C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia declara la procedencia de la demanda de indemnización por accidente de trabajo, condenando a la Provincia de Buenos Aires a pagar más de 19 millones de pesos por incapacidad permanente parcial, tras analizar relación laboral, secuelas y actualización de montos conforme a normativa vigente y jurisprudencia.

Accidente de trabajo Indemnizacion Incapacidad permanente Normativa vigente Liquidacion de danos Inconstitucionalidad Ley 24.557 Actualizacion de creditos Inconstitucionalidad dnu 669/19 Jurisprudencia provincial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Melisa Romina Rodolico, demanda reclamando indemnización por accidente laboral ocurrido el 16/02/2023, alegando secuelas de traumatismo y daños psicológicos. La Provincia de Buenos Aires, mediante su representante legal, reconoce la existencia del contrato de seguro y de rescisión, y que la trabajadora sufrió el accidente en horario laboral, pero niega la relación laboral y la incapacidad alegada. La causa se sustancia con prueba pericial médica, psicológica y contable, y con análisis de normativa aplicable. El tribunal analiza la evidencia, confirmando la relación laboral, la existencia del siniestro y la relación causal. La pericia médica determina una incapacidad física del 8,6% y psicológica del 10%, sumando un 17,74% de incapacidad total. Se calcula la indemnización de acuerdo con los montos máximos vigentes y en base a los porcentuales de incapacidad, resultando en una suma de aproximadamente 6.396.595,54 pesos, sumada a intereses desde el día del accidente. La sentencia también rechaza las inconstitucionalidades y cuestionamientos normativos planteados por la parte actora, sustentando que no existen vulneraciones constitucionales en las leyes y decretos aplicables, y que las normativas vigentes y la jurisprudencia autorizan la liquidación en los términos decididos. Fundamentos principales: "En virtud de la prueba pericial médica presentada [...] tengo por acreditado que la accionante padece secuela de traumatismo de tobillo izquierdo con limitación funcional que le ocasiona 8,6% de incapacidad [...] y que la misma guarda adecuada relación de causalidad con el hecho debatido en autos." También, "la pericia psicológica concluye que la accionante padece 'reacción vivencial anormal neurótica' de grado II con una incapacidad del 10% [...]". La liquidación del monto indemnizatorio se realiza conforme a la normativa vigente y actualizaciones, resultando en una suma total de aproximadamente 19 millones de pesos con intereses, y con condena en costas a la demandada.

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