BARRIONUEVO SANDRA PATRICIA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La sentencia declaró la caducidad de instancia en una causa por enfermedad profesional. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los plazos legales y en la falta de actos procesales útiles posteriores a la última actuación, considerando además la doctrina de la SCBA sobre la caducidad de instancia en el proceso laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Sandra Patricia Barrionuevo, demanda a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires por una enfermedad profesional vinculada a su actividad laboral. La sentencia resuelve declarar la caducidad de instancia, fundamentándose en que los plazos previstos en el art. 11 de la ley 15.057 han sido ampliamente superados sin que se hayan realizado actos procesales útiles posteriores a la última actuación del 25/03/2024. La jueza Larequi destaca que "los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 25/03/2024 y que no media en autos un deber específico del Tribunal de efectuar algún acto procesal". Además, cita doctrina de la SCBA que establece que "Para decretar la caducidad de la instancia en el proceso laboral los Tribunales del Trabajo deben efectuar una intimación previa, en los precisos términos del segundo párrafo del art. 12 de la ley 11.653 y bajo el expreso apercibimiento allí dispuesto, sin necesidad de reiterar dicho emplazamiento frente a eventuales incumplimientos de las partes". La resolución incluye la imposición de costas a la parte actora y regula honorarios profesionales, además de otras disposiciones procesales relacionadas.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: