CHAVES ADRIANA NOEMI Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes por la suma de 3.400.000 pesos. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y promueve la celeridad procesal, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Chaves Adriana Noemí y otro, demanda a la parte demandada, cuya identidad no se especifica en la sentencia, solicitando la homologación de un convenio conciliatorio celebrado el 2/9/2025. La resolución del tribunal homologó dicho acuerdo, valorado en 3.400.000 pesos, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y que la misma constituye una forma válida de concluir el proceso, favoreciendo la celeridad procesal. La sentencia también regula costas, honorarios, y condiciones para el pago de los mismos, y dispone las formalidades para la efectivización de los depósitos y pagos directos a letrados y peritos. El tribunal fundamentó que la conciliación fue voluntaria y ajustada a derecho, y que la suma acordada refleja un acuerdo justo y razonable entre las partes. Se destaca que la homologación es procedente en los términos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y que la renuncia genérica de derechos no tiene valor, conforme al art. 12 de la misma ley.
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