CAPECE MIRIAM EDITH C/ FRANFELIRENU S.R.L. Y OTROS S/ DESPIDO
El Tribunal del Trabajo No. 4 de Lomas de Zamora homologó un acuerdo conciliatorio por despido, confirmando la validez de la conciliación y ordenando la integración del sellado y pago de honorarios, con reconocimiento de honorarios y aportes previsionales, y estableció diversas medidas administrativas y de notificación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, CAPECE MIRIAM EDITH, promovió una demanda por despido contra FRANFELIRENU S.R.L. y otros. El tribunal, tras considerar el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, resolvió homologarlo, afirmando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos. La decisión incluyó la homologación del acuerdo, la intimación a la demandada para completar el pago del sellado, el reconocimiento y regulación de honorarios profesionales, la acreditación de aportes previsionales, y medidas de notificación y cumplimiento. El tribunal destacó que "la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público, y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional." Además, se ordenó la comunicación de desvinculación del perito y la regulación de honorarios, con la especificación de los montos y condiciones de pago, conforme las leyes 15.057, 14.967 y otras normativas aplicables. La resolución también contempla aspectos procesales y administrativos, como la comunicación de desvinculación y la regulación de honorarios, señalando que "los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio."
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