RAIMUNDO DELLEPIANE MARCOS DANIEL C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y OTRO/A S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia de primera instancia condenó a la Provincia de Buenos Aires al pago de indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente in itinere en 2017. La Cámara confirmó la condena y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19, manteniendo la condena y los intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Marcos Daniel Raimundo Dellepiane, demanda a la Provincia de Buenos Aires por daños derivados de un accidente in itínere ocurrido el 26/6/17, reclamando una indemnización por incapacidad permanente parcial del 5,2%. La demandada reconoce la existencia de un contrato de seguro con Provincia ART S.A. y la contingencia, negando la relación laboral y la incapacidad alegada. La prueba pericial médica acreditó la incapacidad del actor en 5,2%, y la pericial psicológica confirmó la ausencia de daño psicológico. La sentencia de primera instancia condenó a la Provincia al pago de $163.190,62 por la incapacidad, más intereses desde el 26/6/17, y declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 por vulneración del art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional. Además, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de normas relacionadas con el trámite ante las Comisiones Médicas y el Decreto 472/14. La Cámara confirmó la condena, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad del DNU, y reguló honorarios y costas, estableciendo que el condenado en costas debe abonar $120.000 en honorarios y que los honorarios de peritos deben ser afrontados también por las partes. La sentencia hizo lugar a la demanda en virtud de la reconocimiento del contrato de seguro y la relación laboral, y aplicó la ley vigente al momento del conocimiento del siniestro. La declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 se fundamentó en que el Poder Ejecutivo usurpó facultades legislativas, vulnerando la Constitución. La condena devengó intereses desde el 26/6/17, totalizando aproximadamente $917.920,69.
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