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DE PAOLI MARIA CECILIA Y OTROS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (MINISTERIO DE TRANSPORTE) S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La Cámara de La Plata confirmó la condena a la Provincia de Buenos Aires por la liquidación y pago de bonificación por antigüedad, sosteniendo que las normas cuestionadas implicaron una reducción salarial ilegítima y violatoria de principios constitucionales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa fue promovida por María Cecilia De Paoli y otros contra la Provincia de Buenos Aires, demandando el reconocimiento y pago retroactivo de la bonificación por antigüedad en un 3%, desde 2012, con base en que las normas en cuestión (leyes 11.739, 11.905 y decreto 240/96) implicaron una disminución de haberes. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, considerando que dichas normas implicaron una reducción salarial ilegítima, ya que no se configuraron en un contexto de emergencia y no fueron de carácter transitorio, afectando derechos adquiridos y principios constitucionales de igualdad y progresividad. La Cámara de apelaciones confirmó esta decisión, rechazando los agravios de la demandada, y sostuvo que las medidas adoptadas no respondieron a un estado de emergencia ni fueron temporales, por lo que constituyen una disminución de derechos que vulnera la Constitución Provincial y la Constitución Nacional. Además, se rechazaron los planteos de prescripción, considerando que la acción es de carácter continuado y que el plazo de diez años del Código Civil y Comercial resulta aplicable. La sentencia también dispuso las costas a la demandada y pospuso la regulación de honorarios. FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
- Se evidencia que las normas cuestionadas implicaron una disminución del porcentaje de bonificación por antigüedad en forma permanente y sin contexto de emergencia, afectando derechos adquiridos.
- La reducción en las condiciones salariales no fue transitoria ni motivada por circunstancias excepcionales, lo que contraviene los principios constitucionales de protección del trabajo y la progresividad en materia laboral.
- El decreto 240/96, que excluyó a magistrados y cargos asimilables, evidencia que las medidas en cuestión implicaron una reducción salarial, generando desigualdad con otros agentes públicos.
- La normativa no cumplió con los requisitos de excepcionalidad y temporalidad necesarios para ser constitucional, y la continuidad de la disminución constituye una regresión que viola derechos constitucionales.
- La acción no está prescrita, dado que se trata de un hecho continuado, y el plazo de 10 años previsto en el Código Civil resulta aplicable.
- La pretensión de la parte actora de que las diferencias se abonen desde 2012 ha sido acogida, considerando la naturaleza periódica del reclamo y el inicio del período prescriptivo desde la interposición de la demanda en 2022.
- La tasa de interés aplicada es la pasiva, conforme a jurisprudencia. PALAB

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