GALLARDON GUILLERMO GUSTAVO C/ EXPERTA ART S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La sentencia condenó a Experta ART S.A. a abonar $9.706.953 por incapacidad laboral definitiva, y estableció intereses al 5% anual desde el 23/07/2019, además de las costas, rechazando la pretensión de reparación integral de daños en Derecho Común.
¿Quién es el actor?
Guillermo Gustavo Gallardón
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por incapacidad laboral definitiva derivada de accidente de trabajo y reparación de daños.
¿Qué se resolvió?
Se reconoció la existencia del accidente laboral y la relación causal con la patología de discos lumbosacros, determinando una incapacidad del 11,33%, y condenando a la ART a pagar $9.706.953 más intereses. Además, se declaró la inconstitucionalidad del decreto 669/19 y se rechazó la pretensión de reparación integral en Derecho Común.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal valoró la prueba médica y pericial, concluyendo que la patología discal en L4-L5 y L5-S1, reconoce una incapacidad del 22,66%, que, tras considerar la concausa del evento agudo y la predisposición previa, se reduce al 11,33%. La mecánica del siniestro, en relación con las tareas habituales del actor, no fue acreditada como riesgosa. La relación laboral y el accidente están acreditados, y la comisión médica de la SRT reconoció la existencia del evento. La aplicación de la Ley 24.557 y sus modificatorias, junto con la jurisprudencia sobre la constitucionalidad del DNU 669/19, permitió liquidar la indemnización conforme a los parámetros legales y actualizados. La tasa de interés del 5% anual desde el 23/07/2019 fue considerada adecuada para reflejar la privación del capital, en línea con la doctrina provincial. La demandada fue condenada al pago de la suma de $9.706.953, con intereses, y costas del proceso. La declaración de inconstitucionalidad del DNU 669/19 y la inaplicabilidad del resto de los planteos de inconstitucionalidad del actor quedaron asentadas como resoluciones de fondo.
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