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RESTUCHI AYELEN KARINA C/ RAN DING S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, estableciendo un pago de $5.500.000 en tres cuotas. La decisión se fundamenta en que la conciliación no vulnera principios de orden público y favorece la celeridad procesal, homologando el acuerdo en los términos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Homologacion de acuerdo conciliatorio Despido Proceso laboral Ley 20.744 Art. 15 Pago de suma acordada Costas Honorarios Celeridad procesal Argentina.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, RESTUCHI AYELEN KARINA, demanda a RAN DING en reclamo por despido y acuerdo homologado en juicio laboral. La resolución homologó un acuerdo conciliatorio en la suma de $5.500.000, a abonarse en tres pagos en 5, 30 y 60 días, respectivamente. Los fundamentos principales sostienen que la conciliación arribada en audiencia, conforme al art. 15 de la Ley 20.744, resulta válida y no vulnera principios de orden público, destacando que la misma favorece la celeridad procesal y evita vulnerar derechos de las partes. El tribunal también dispuso costas a cargo de la demandada y reguló honorarios de letrados y peritos, estableciendo instrucciones precisas para el pago y acreditación de los mismos. Se advirtió que la homologación cumple con los requisitos legales y que el acuerdo representa una justa composición de los derechos e intereses en juego, promoviendo la resolución definitiva del conflicto laboral.

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