P., H. R. C/ C., A. H. Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
H. R. P. apeló la sentencia que le otorgó indemnización por daños tras un accidente. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia aumentando los montos indemnizatorios y ajustando la tasa de interés.
Actor: H. R. P. Demandado: W. A.; A. H. C.; Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada Objeto: Indemnización por daños físicos y morales tras un accidente automovilístico. Decisión: Se confirma parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios y modificando la tasa de interés.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto al 'daño físico e incapacidad sobreviniente', es de trascendental fuerza probatoria la pericia médica... Justipreció la incapacidad de grado parcial y de carácter permanente en un total de 23,5%... propongo elevar las sumas fijadas en $1.500.000 por incapacidad física y $90.000 por tratamiento kinesiológico a las sumas de pesos once millones novecientos mil ($11.900.000) y pesos cien mil ($100.000), respectivamente..." "La valoración de [el daño moral] está sujeto a la apreciación judicial en base a diversos factores... propicio entonces... que la suma fijada por este rubro por el 'a-quo' en $700.000 debe ser elevada a la suma de pesos cuatro millones quinientos mil ($4.500.000)..." "Por lo expuesto, se resuelve CONFIRMAR la sentencia apelada en todo lo que ha sido materia de agravios, con las siguientes modificaciones..."
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