Logo

RODRIGUEZ PAMELA JOANA C/ MENGHINI LUIS GONZALO S/ DESPIDO

El Tribunal de La Plata confirmó la sentencia que declaró la existencia de vínculo laboral y condenó al empleador por despido injustificado, además de rechazar ciertos reclamos y declarar la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar los créditos laborales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Pamela Joana Rodríguez, demandó a Luis Gonzalo Menghini por despido injustificado y otros conceptos laborales, reclamando una deuda total de aproximadamente $54.259.819,67 actualizada conforme al índice RIPTE. La sentencia de primera instancia, basada en la prueba producida y en la declaración de rebeldía del demandado, declaró probado el vínculo laboral no registrado iniciado el 03/08/2018, en categoría vendedora B del CCT 130/75, y que éste fue extinguido el 03/09/2021, por despido indirecto. La Cámara, en apelación, confirmó la declaración de la existencia del vínculo y la condena, rechazando la pretensión de la indemnización del Art. 80 de la LCT y vacaciones del 2020. Se fundamentó que el demandado no probó haber abonado las sumas reclamadas y que la negativa a reconocer el vínculo laboral fue grave injuria que justifica el despido indirecto. La sentencia también abordó la inconstitucionalidad del Art. 7 de la ley 23.928 (modificado por la ley 25.561), declarando su inconstitucionalidad y proponiendo la actualización de los créditos laborales conforme al índice RIPTE, con intereses del 1% anual desde el 03/09/2021, y costas a cargo del demandado. Además, se dispuso que, una vez vencido el plazo de diez días para el cumplimiento, el monto se actualizará conforme al índice RIPTE y con intereses del 6% anual. Fundamentos principales: "Corresponde tratar el planteo de inconstitucionalidad del Art. 7 de la ley 23.928 y 4 de la ley 25.561, realizado por el actor en su demanda. A partir de la causa N° 16979, caratulada 'BENAVIDEZ ANDRES ARIEL C/ MESCHINI DIEGO RAYMUNDO Y OTRO/A S/DESPIDO', sentencia del 26/10/2023, este Tribunal ha declarado la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar." "El país atraviesa un proceso inflacionario prolongado que, con la demora judicial, pulveriza los créditos laborales. La prohibición de indexar, establecida en el Art. 7 de la ley 23.928, modificado por la ley 25.561, resulta violatoria de los Arts. 14 bis, 16, 17 y 28 de la CN, y del convenio 95 de la OIT, por lo que se declara su inconstit

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar