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G. D. M. A. C/ A. N. E. S/ DS Y PS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, elevando los montos indemnizatorios por daños físicos, psíquicos, moral y tratamiento, y manteniendo los gastos de farmacia; además, ratificó la limitación del límite de cobertura y ordenó el pago a la aseguradora en la medida del seguro contratado.

Recurso de apelacion Danos y perjuicios Indemnizacion por lesiones Dano fisico Psiquico y moral Tratamiento medico y psicologico Limite de cobertura Seguro automotor Clausula de franquicia Responsabilidad civil Jurisprud


- Quién demanda: G. D. M. A. C.

¿A quién se demanda?

N. E. S. y La Segunda Cooperativa Limitada De Seguros Generales

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños físicos, psíquicos, moral, gastos de farmacia y actualización del límite de cobertura tras accidente de tránsito ocurrido el 10/03/2025.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia con aumentos en las sumas indemnizatorias, mantuvo la limitación del límite de cobertura según la póliza, y ordenó el pago en la medida del seguro, respondiendo la aseguradora en la misma proporción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Respecto a los agravios sobre los montos indemnizatorios, la prueba pericial médica y psicológica es concluyente en determinar la incapacidad física del 29,53% y la incapacidad psíquica del 11%, justificando las sumas elevadas. La valoración de daño moral, siguiendo la jurisprudencia, se fija en $14.000.000, por los padecimientos y secuelas del actor. La estimación de gastos de farmacia en $100.000 se mantiene por prudencia, dada la falta de comprobantes. La limitación del límite de cobertura se ajusta a la normativa y a la cláusula contractual, siendo oponible a la víctima, y la condena se extiende a la aseguradora en la medida del seguro contratado." "La modificación de los montos responde a la actualización de las secuelas y daños, en línea con los precedentes jurisprudenciales y el principio de reparación integral." "Se confirma la limitación contractual respecto al límite de cobertura, en virtud de la ley y la cláusula de franquicia, considerando razonable y necesaria para el equilibrio del contrato." "El fallo en su conjunto refleja un análisis profundo y fundamentado, ajustado a la normativa vigente y a la prueba producida en autos."

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