PAGLINO ANA MAILÉN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia confirma la procedencia de la demanda de honorarios por trabajos extrajudiciales en sede administrativa y fija la suma de honorarios a favor de la letrada. La decisión se basa en la acreditación de la labor profesional y en la normativa arancelaria aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dra. Ana Mailén Paglino demanda a Federación Patronal Seguros S.A.U. por honorarios por trabajos extrajudiciales realizados durante el trámite administrativo ante la Comisión Médica N° 31B de San Nicolás, en la determinación de una indemnización por enfermedad profesional. La sentencia sostiene que la labor fue probada y que corresponde el pago de honorarios, que deben calcularse según la ley arancelaria provincial (ley N° 14967) y la normativa de la resolución N° 298/17 de la SRT. Además, se destaca que la asistencia letrada fue obligatoria y que la labor fue realizada en sede administrativa, con resultados favorables para la actora. La resolución fija los honorarios en 24,87 unidades jus, que equivalen a $161.697, con la posibilidad de pago mediante depósito o transferencia, y establece que las costas son a cargo de la demandada por ser la perdidosa. La decisión también regula el pago de tasas y recargos de justicia.
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