ACOSTA MARCOS EZEQUIEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La homologación de acuerdo conciliatorio en un proceso por enfermedad profesional. El tribunal consideró que la conciliación era justa y procedió a homologarla, ordenando el pago de $2.800.000 y estableciendo costas, honorarios y regulaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Marcos Ezequiel Acosta, demanda a la Provincia Art S.A. en reclamo por enfermedad profesional. La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado el 18/8/2025, por el cual la demandada abonará la suma de $2.800.000. El tribunal analizó los términos del acuerdo, la legalidad, y la justicia de la conciliación, concluyendo que presentaba una justa composición de derechos e intereses, y por ello, lo homologó. La decisión también dispuso el pago de costas a la demandada, regular honorarios de letrados y peritos, y estableció formalidades respecto a depósitos, pago de tasas, y cumplimiento de obligaciones procesales. Fundamentos principales: "Valorados los elementos preindicados estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057)." "Resultando una justa composición de derechos e intereses de las partes (art. 15 LCT), homologar el referido acuerdo conciliatorio en los términos expresados en la presentación electrónica de fecha 18/8/2025 por el cual la demandada abonará a la actora la suma de pesos DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 0/100 ($2.800.000)." No se registran votos en disidencia.
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