BULLA FRANCISCO PABLO C/ LA SEGUNDA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La demanda por honorarios extrajudiciales en sede administrativa contra La Segunda ART S.A. fue procedente y se fijaron los honorarios en 20 jus a cargo de la demandada, confirmando la resolución en la instancia de apelación, con especial énfasis en la labor profesional en sede administrativa y en la normativa arancelaria aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Francisco Pablo Bulla, promovió demanda contra La Segunda ART S.A. por honorarios por tareas desarrolladas en sede administrativa relativas a la tramitación en la Comisión Médica Jurisdiccional 031B, en el expediente Nº 452263/24. La causa se inició con presentación formal del profesional en marzo de 2025, reclamando el pago de honorarios por su asistencia jurídica en la gestión administrativa. La causa fue apelada por la demandada, cuestionando la procedencia y monto de los honorarios. La Cámara, tras analizar la normativa aplicable, específicamente la ley 14.967 y la Resolución 298/17, concluyó que corresponde regular los honorarios en 20 jus, considerando la labor en sede administrativa y las disposiciones arancelarias. Se argumentó que la labor profesional fue probada y que la retribución debe ajustarse a los parámetros de la ley provincial, con reconocimiento del carácter de orden público. La sentencia de primera instancia fue confirmada por la Cámara con minoría en cuanto a la cuantificación, manteniendo la procedencia del reclamo y la fijación de honorarios a cargo de la entidad empleadora del asegurado.
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