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DOMINGUEZ JULIAN CRUZ C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Tribunal del Trabajo nº3 rechazó la demanda de honorarios extrajudiciales del Dr. Julian Cruz Dominguez contra Swiss Medical Art S.A., confirmando la excepción de pago y regulando los honorarios del profesional, fundamentado en la inexistencia de obligación de la ART y en la conformidad de las partes sobre el alcance del acuerdo.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Ley 27

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Dr. Julian Cruz Dominguez promovió demanda contra Swiss Medical Art S.A. solicitando la regulación de sus honorarios por tareas desarrolladas en sede administrativa en el expediente N° 236401/21. La causa registró actuaciones administrativas donde la Comisión Médica concluyó que la enfermedad relacionada con la denuncia era de carácter inculpable y de carácter no profesional, rechazando la contingencia. La autoridad administrativa dispuso el archivo y la conclusión de las actuaciones, además de señalar que los honorarios debían ser asumidos por la aseguradora de riesgos del trabajo, en virtud del artículo 1 de la ley 27.348, pero aclarando que en este caso el Dr. Casini no posee legitimación para reclamar. La parte actora solicitó la procedencia de la demanda, pero el tribunal consideró acreditada la actuación oficiosa del peticionante y la conformidad del acuerdo conciliatorio que reconoció honorarios de 700.000 pesos por tareas extrajudiciales y judiciales. Sin embargo, el tribunal concluyó que no existía obligación de la ART en favor del Dr. Dominguez, dado que no medió obligación que debiera cumplir la ART, acogiéndose la excepción de pago y rechazando la acción. La sentencia además regula los honorarios del profesional en las sumas de $67.972,59 y $97.525,89, respectivamente, con sus adicionales y IVA si correspondiere, y ordena la notificación electrónica. Fundamentos principales: "Que en el presente caso, la ley 27.348 establece que 'Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demás gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participación ante las comisiones médicas estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)', pero en el caso que nos ocupa, el Dr. Casini no posee legitimación activa para realizar el reclamo, ya que no medió obligación que debiera cumplir la ART en su favor. La jurisprudencia y normativa vigente permiten concluir que la acción del profesional debe fundamentarse en la existencia de una obligación expresa o en un acuerdo válido que le otorgue legitimación para reclamar honorarios en esas circunstancias, lo cual en este expediente no se verifica. Por ello, corresponde acoger la excepción de pago y rechazar la demanda, con costas." (texto sustancial de la sentencia). Disidencia: No se registra disidencia relevante en los votos.

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