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SALAS JOSE AGUSTIN C/ AGREFERT.AR SA S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación del acuerdo conciliatorio en un proceso laboral por monto de $10.000.000. La Cámara confirmó la decisión del tribunal de homologar el acuerdo, considerando que presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, en línea con la normativa laboral y los arts. 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Salas José Agustín, demanda a Agrefert.ar SA por un acuerdo conciliatorio alcanzado el 05/09/2025. La sentencia de primera instancia homologó dicho acuerdo, que implica el pago de $10.000.000. La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de San Nicolás confirmó la homologación, considerando que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses, en línea con el principio protectorio en el Derecho del Trabajo. El tribunal analizó que la propuesta conciliatoria cumple con los requisitos legales y que la evaluación de la conveniencia y justicia del acuerdo es favorable, en línea con los arts. 15 de la LCT y 30 de la ley 15.057. Además, se determinaron las costas a cargo de la demandada, y se regularon los honorarios profesionales de los letrados intervinientes, estableciendo montos y condiciones. La decisión se fundamenta en que la homologación del acuerdo es procedente y conforme a derecho, y que la misma debe ser confirmada en apelación, dado que no existen agravios que impugnen su validez o justicia.

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