DOMINGUEZ JULIAN CRUZ C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara del Trabajo de San Nicolás confirma el fallo de primera instancia que ordenó a la aseguradora el pago de honorarios profesionales a Julian Cruz Dominguez por tareas extrajudiciales ante la Comisión Médica N° 31B. La sentencia también establece los montos y condiciones de pago, y confirma la procedencia del reclamo en base a la asistencia letrada y la normativa arancelaria vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Julian Cruz Dominguez, promovió demanda contra Federación Patronal Seguros S.A. solicitando el reconocimiento y pago de honorarios por trabajos realizados en sede administrativa, específicamente en trámite ante la Comisión Médica N° 31B. La parte demandada contestó la demanda y se declaró la cuestión de puro derecho. El tribunal analizó la asistencia letrada, la legislación aplicable (ley N° 14967, ley N° 27348 y resoluciones administrativas), y concluyó que la labor profesional fue debidamente acreditada y que los honorarios corresponden a 10 jus, equivalentes a $65.017,26, más aportes de ley e IVA. La sentencia destaca que la relación laboral del letrado con el cliente no se rige por la ley de honorarios, sino por la normativa arancelaria, y que la retribución debe ser abonada por la accionada en el plazo de 10 días, con las formalidades correspondientes. La decisión también impone las costas a la parte vencida y regula los medios y plazos para el pago de honorarios y tasas judiciales.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: