DELGADO RIOS MILCIADES RAMON C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El tribunal homologó un acuerdo transaccional en un proceso laboral, considerando que no existían obstáculos legales y que se logró una justa composición de la litis. La homologación confiere fuerza de cosa juzgada y ordena las condiciones de pago y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín, con integración del juez Suvidzinski, resolvió homologar un acuerdo transaccional celebrado entre Delgardo Ríos y la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. en fecha 24/08/25. La decisión se fundamenta en que no surge impedimento legal alguno y que se alcanzó una justa composición de la litis, conforme a las bases del proceso y las disposiciones legales aplicables (arts. 15 Ley 15.057, 30 Ley 15.057, 309 y ss. CPCC, 89 Ley 15.057). La homologación tiene efectos de cosa juzgada, y se imponen las costas a la parte demandada. Además, se regulan honorarios de letrados y peritos, estableciendo los montos, condiciones y plazos de pago, incluyendo la regulación de honorarios y aportes, y se ordenan los pagos directos en las cuentas bancarias correspondientes. La sentencia también rechaza la exención de la tasa de justicia y ordena a la demandada acreditar el pago en el plazo establecido, bajo apercibimiento. Se remiten oficios y se notifican las resoluciones en cumplimiento de procedimientos administrativos.
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