CEBALLOS CLAUDIO DANIEL C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Tribunal del Trabajo Nº 3 de General San Martín homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes, estableciendo la suma de $1.600.000 a abonarse en un pago único, y declaró su fuerza de cosa juzgada, considerando que no existen obstáculos legales para su validez y que constituye una justa composición de la litis.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Claudio Daniel Ceballos, demandó a la Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo Sociedad Anónima en el marco de un proceso por revisión de resolución médica jurisdiccional (Expediente Nº 46386). En la audiencia del 11/09/2025, las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio por el cual la demandada se compromete a pagar la suma de $1.600.000, que será abonada en un pago el 10/10/2025 mediante pago directo. La demandada, sin reconocimiento de hechos ni derechos, acepta el pago en un acto de buena fe, y las partes acuerdan que, con el pago, nada más reclamará en autos. El tribunal homologó el acuerdo con fuerza de cosa juzgada, considerando que no existe obstáculo legal, y que la composición es justa, en línea con los arts. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, 30 de la ley 15057, y artículos 309 y ss. del Código Procesal Civil y Comercial. Además, impuso las costas a la demandada y regularizó los honorarios profesionales, estableciendo los montos correspondientes para letrados y peritos, y disponiendo las condiciones para el pago y acreditación de honorarios, aportes e IVA. También reguló los pagos en forma directa en la cuenta del actor. La resolución finaliza con la orden de notificación y archivo del expediente.
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