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KLOSTER AGUSTIN FERNANDO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia reconoce los honorarios profesionales del Dr. Kloster por actuación administrativa en trámites ante la Comisión Médica en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara ratifica la regulación y condena a la demandada al pago de los honorarios, considerando la normativa vigente y los montos establecidos.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Ley 27.348 Ley 14.967 Comision medica Riesgos del trabajo Actuacion administrativa Regulacion de honorarios Art Sentencia laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Dr. Kloster Agustín Fernando, demanda a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires por honorarios derivados de su actuación administrativa en expedientes de la Comisión Médica N° 391 de San Isidro, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. La demandada reconoce la actuación del letrado y solicita que se regulen los honorarios conforme a la normativa vigente. La prueba digital y los expedientes administrativos confirman la participación del profesional y la continuidad de las prestaciones en especie para la beneficiaria, Sra. Gadea Romina Miguela. El tribunal fundamenta que la Ley 27.348 y la Ley 14.967 establecen la obligatoriedad del trámite previo ante las comisiones médicas y que los honorarios del letrado deben ser soportados por la ART. Se regula la suma de 7 JUS por cada expediente, más aportes y IVA si corresponden, y se condena a la demandada a pagar en dicho plazo. Además, se imponen costas a la parte demandada y se ordena la apertura de una cuenta judicial. La sentencia confirma la procedencia del reclamo del profesional por su actuación administrativa.

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