RIVERO DIEGO EMMANUEL C/ ADECCO ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo alcanzado entre las partes, que incluye el desistimiento de la acción y la aceptación de una solución conciliatoria, fue aprobada por el tribunal. La resolución ratifica el acuerdo de pago de $4.000.000 en dos cuotas, la eximición de impuestos y tasas, y la aceptación de los términos de costas y honorarios. La decisión se fundamenta en que la composición de derechos es equitativa y no viola el orden público, conforme a los artículos 12, 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 24, 25 y 30 de la Ley 15.057.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Diego Emmanuel Rivero, solicitó inicialmente la restitución de su reclamo por despido. Sin embargo, en el acto procesal, manifestó su desistimiento de la acción respecto de los codemandados ADECCO ARGENTINA S.A., Parma Agustín y Valenzuela Juan Cruz. La parte demandada Wakas S.A. aceptó el reajuste del monto a 4 millones de pesos, en dos cuotas, sin reconocimiento de hechos ni derechos. El tribunal, tras verificar la ausencia de violaciones de derechos protegidos por el orden público, homologó el acuerdo alcanzado, homologando además el desistimiento de la acción. Las costas y honorarios fueron regulados, y se dispuso la eximición de impuestos y tasas, además de establecer el mecanismo para la regulación de pagos y depósitos. La sentencia destaca que la composición de derechos es equitativa y que no hay violación de derechos protegidos, justificando la homologación del acuerdo y el desistimiento.
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