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RODRIGUEZ IAN DIEGO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La Cámara declaró la caducidad de instancia en el proceso laboral por transcurso del plazo legal y conducta de las partes, imponiendo costas a la actora y regulando honorarios profesionales y del perito. La decisión se fundamenta en la pérdida del impulso procesal por inacción de las partes tras la intimación legal.

Caducidad de instancia Ley 15.057 Tramite procesal Inaccion de las partes Costas Honorarios Incidente laboral Inactividad Peritajes Jurisdiccion laboral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal, compuesto por los Dres. Canabal, Coello Grassi y Tula, resolvió declarar la caducidad de instancia en autos, considerando que la conducta de las partes tras la resolución del 17/07/2025 obstaculizó la tramitación normal del juicio, transgrediendo el plazo previsto en el art. 11 de la ley 15.057. La decisión se fundamenta en que "la conducta de las partes con posterioridad a lo resuelto el 17/07/2025, obstaculiza la normal tramitación del juicio dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley 15.057". Asimismo, se impusieron costas a la parte actora y se regularon honorarios profesionales y del perito, además de solicitarse la apertura de una cuenta bancaria en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la gestión de fondos en autos. La resolución se fundamenta en la normativa procesal aplicable y en la necesidad de preservar la celeridad y eficacia del proceso, resaltando que la caducidad de instancia es una herramienta para evitar dilaciones indebidas y garantizar la economía procesal.

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