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CEJAS, NATALIA VANESA C/ GALENO ART S.A. Y OTROS S/ ENFERMEDAD

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en reclamo por enfermedad laboral, aceptando pagos en cuotas y eximiendo de impuestos y tasas. La decisión refleja una composición equitativa sin violación de derechos y se homologó conforme a la ley, garantizando cumplimiento y regulación de honorarios y costas.

Homologacion acuerdo Derecho laboral Conciliacion Pago en cuotas Honorarios profesionales Costas Exencion impuestos Deposito judicial Acuerdo extrajudicial Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Natalia Vanesa Cejas, demandó a Galeno ART S.A. y Commscope Connectivity Argentina S.A. por enfermedad laboral. Las partes alcanzaron un acuerdo conciliatorio por el cual las demandadas se comprometen a pagar un total de 6 millones de pesos en cuotas, mediante depósitos judiciales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La audiencia terminó en la homologación del acuerdo, tras constatar que la composición de derechos era equitativa y no afectaba derechos protegidos por el orden público. El tribunal dispuso que el acuerdo sea homologado, eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas, y regulando honorarios profesionales, en particular los de los letrados de las partes y los peritos intervinientes. Se estableció además la obligación de las demandadas de realizar depósitos en la cuenta bancaria de la actora, y se ordenó la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Provincia. La decisión se fundamenta en que, conforme a los arts. 12, 15, y 24 de la Ley 15.057, la conciliación es válida y requiere homologación cuando no hay violaciones al orden público ni derechos protegidos.

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