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S. M. A. C/ G. J. M. S/ ALIMENTOS

El demandante solicitó el aumento de la cuota alimentaria provisoria a favor de su hijo menor, fijando el 50% del índice de crianza del INDEC. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la resolución del juzgado de primera instancia, considerando adecuada la cuota alimentaria establecida.

Alimentos Cuota alimentaria Alimentos provisorios Interes superior del nino Convencion sobre los derechos del nino Codigo civil y comercial Indec Proporcionalidad Responsabilidad parental Recursos economicos

Actor: S. M. A. Demandado: G. J. M. S. Objeto: Aumento de la cuota alimentaria provisoria. Decisión: Confirmación de la resolución de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación alimentaria ha sido mencionada (...) no ya solo a nivel legal, sino también en las Convenciones internacionales, las cuales -además
- nos llevan a adoptar el curso de acción que resguarde mejor el interés superior de niños, niñas y adolescentes (art. 3 CIDN)." "El instituto de los alimentos provisorios, con una finalidad claramente anticipatoria de los efectos del eventual pronunciamiento de fondo, es un recurso ideado por el legislador tendiente a operar en una situación acuciante, de apremio temporal (...)". "La suma fijada en concepto de alimentos provisorios, acudiendo al índice crianza y estableciendo un porcentaje del mismo, está muy lejos de ser excesiva, motivo por el cual creo que deberíamos confirmarla."

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