RAMIREZ LUCAS EZEQUIEL C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral, confirmada por el tribunal, implica la aceptación del acuerdo entre las partes y la declaración de la cosa juzgada, sin vulnerar principios de orden público, y con efectos de plena ejecutividad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por Lucas Ezequiel Ramírez contra Asociar SA Aseguradora de Riesgos del Trabajo, en el marco de un accidente laboral. La sentencia de primera instancia homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado por las partes, considerando que su contenido no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses. El tribunal también dispuso el depósito del capital en una cuenta bancaria a nombre del actor, suspendiendo el plazo de pago hasta la acreditación de la cuenta. Además, declaró las costas a cargo de la parte demandada, eximió a esta del pago de la tasa de justicia y ordenó la homologación con efectos de cosa juzgada. Se fundamenta en los arts. 15 de la L.C.T., 30 de la ley 15.057 y 17 de la ley 27.348, resaltando que la homologación es procedente dado que las partes acordaron un compromiso válido y sin impacto en el orden público. La decisión fue votada unánimemente por los jueces del tribunal, confirmando la legalidad y validez del acuerdo conciliatorio homologado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: