VAZQUEZ TOLEDO CECILIO RAMON C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó un acuerdo conciliatorio entre las partes, confirmando la validez y efectos de la transacción, y ordenó el depósito de los montos acordados, eximiendo parcialmente a la parte demandada del pago de la tasa de justicia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, VAZQUEZ TOLEDO CECILIO RAMON, demandó a FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U en el expediente Nº35808, solicitando la homologación de un acuerdo conciliatorio. La sentencia destaca que la conciliación alcanzada entre las partes no vulnera principios de orden público y constituye una justa composición de derechos e intereses. La resolución señala que la homologación se otorga, con efectos de cosa juzgada, y que la parte obligada al pago debe depositar el monto en una cuenta bancaria específica, suspendiendo el plazo de pago hasta su acreditación. Además, se declaran costas a cargo del demandado y se exime del pago del 50% de la tasa de justicia, ordenando el pago del resto en un plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ejecución. La decisión se fundamenta en los arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la ley 15.057, y en el art. 17 de la ley 27.348, considerando que la homologación del acuerdo es procedente y que la misma cumple con los requisitos legales para su validez. La unanimidad en el voto y la firma de los jueces confirman la decisión.
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