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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Morón confirmó la resolución que reguló honorarios y la base arancelaria en un proceso de alimentos, rechazando el planteo del demandado y manteniendo los montos establecidos en primera instancia, con reducción en honorarios profesionales.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, G. M. P. C., demanda alimentos contra B. R. A. S., reclamando el pago de cuotas alimentarias para sus hijas. La jueza de primera instancia reguló honorarios y la base arancelaria considerando el monto del proceso, que incluye las cantidades a pagar por todo concepto durante dos años, conforme la ley 14.967, art. 39. La resolución fue apelada por la letrada de la actora y el demandado, cuestionando la base y los honorarios fijados. La Cámara analizó si la base arancelaria correspondía a la totalidad del reclamo, incluyendo las cantidades por alimentos a favor de ambas hijas, y concluyó que no debía limitarse solo al 20% fijado en sentencia, dado que el objeto del proceso comprendía más conceptos. La Cámara confirmó la base regulatoria y redujo los honorarios a valores específicos, considerando la naturaleza del proceso y las tareas desarrolladas. La decisión se fundamentó en que la norma del art. 39 de la ley 14.967 contempla cantidades a pagar por todo concepto en juicios de alimentos, y que el reclamo incluía varias prestaciones, no solo la cuota de la hija mayor. La resolución se dictó sin costas de alzada y se diferirá la regulación de honorarios profesionales.

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