RUSSO MATIAS IGNACIO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios del letrado en sede administrativa por actuación en Comisión Médica, confirmando la procedencia del reclamo y estableciendo el monto a abonar por la demandada. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en la constatación de la actuación oficiosa del abogado en el expediente administrativo, con reconocimiento de la pretensión y la cuantía del acuerdo alcanzado.
Quién demanda: Dr. Matias Ignacio Russo, en representación de la trabajadora Analia Veronica Hatabian.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por actuación en sede administrativa ante la Comisión Médica Jurisdiccional Quilmes, por su labor en el expediente SRT 581614/24/24, en el marco de la Ley 27.348 y la Ley 14.967.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al reclamo del Dr. Russo y se condena a la demandada a pagarle la suma de 73,60 JUS, equivalente al 8% del monto del acuerdo homologado en sede administrativa ($ 38.840.344,44), más aportes de ley e IVA si correspondiere, dentro de los 60 días de notificada la resolución. Se imponen las costas a la parte vencida. Fundamentos principales: "La actuación del Dr. Russo en los términos de la Ley 27.348 resulta oficiosa, dado que en mérito a la laboral realizada se obtuvo por la parte representada el reconocimiento de la pretensión reclamada por la Comisión Médica 373 de Quilmes, lo cual habilita la regulación de honorarios en los términos del art. 37 de la resolución SRT 298/17. La normativa aplicable establece que los honorarios por actuaciones extra judiciales deberán ser regulados en un mínimo del 50% de la escala prevista en la ley 14.967, que oscila entre el 10 y el 25% del monto del acuerdo. La determinación del 8% del monto total del acuerdo, equivalente a 73,60 JUS, resulta ajustada a dichas pautas, considerando la labor desplegada y el monto alcanzado en sede administrativa." "Asimismo, la parte actora acreditó su intervención en el expediente administrativo en calidad de letrado patrocinante y en relación con el acuerdo homologado, por lo cual corresponde la regulación de honorarios en los términos propuestos." "Las costas del proceso se imponen a la parte demandada en su condición de vencida, conforme a los arts. 24 y 25 de la ley 15.057."
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